Nos encargamos de tu declaración de Renta y Patrimonio 2021
Como todos los años desde Asesoría Heras nos ponemos a tu disposición con el fin de tramitar la declaración de la Renta y Patrimonio.
El plazo de presentación es entre el 4 de Abril y el 30 de Junio de 2022.
¿Cómo funciona nuestro servicio de declaración de Renta y Patrimonio?
- Reserva tu cita previa rellenando el formulario o llamando a 94 423 09 93.
- Envíanos la documentación necesaria. Nos la puedes enviar por email, no necesitamos documentación original.
- Comprobamos que el borrador y la información de Hacienda está completa y correcta.
- Analizamos tu situación personal, financiera y laboral, confeccionamos tu Declaración de Renta online y te informamos del resultado.
¿Qué información debe aportarnos?
- Impreso de clave de presentación remitidos por Hacienda.
- Si carece de la clave identificativa deberá aportar Fotocopia del D.N.I. del titular y cónyuge, así como fotocopia del Libro de Familia o certificación de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, y Libro o Título de Familia Numerosa.
Además de la clave, se deberá aportar, en su caso, la siguiente documentación:
- Recibos de contribución o valor escriturado o comprobado de toda las viviendas y locales.
- Si paga alquiler por la vivienda en la que habita, recibos de pago del mismo y nombre, apellidos y D.N.I. del propietario.
- Certificados de bancos o cajas de ahorro de los interesados y saldos al 31-12-2021, imposiciones a plazo, acciones, obligaciones, fondos de inversión, deuda pública, letras del tesoro, etc.
- Justificantes de pagos efectuados por compra de vivienda.
- Certificado de cantidades abonadas por amortización e intereses de crédito hipotecario.
- Certificado de aportación en el año 2021 a cuenta vivienda.
- Certificado de las aportaciones a planes de pensiones y E.P.S.V. o sistemas alternativos.
- Certificado o resolución por adopción.
- Certificado de empadronamiento de ascendientes (que convivan con el titular, o que viviendo en residencia de personas mayores podamos acreditar, por nuestra cuenta, el pago de todo o parte del costo de la residencia).
- Certificado de discapacidad emitido por Inserso o Diputación Foral.
- Justificantes cuotas sindicatos o partidos políticos.
- En caso de separación matrimonial certificado de las cantidades satisfechas en concepto de pensión por alimentos, fotocopia de sentencia y Convenio Regulador.
- Caso de venta de viviendas, lonjas, terrenos, acciones o fondos de inversión, etc.; fecha y precio de compra de las mismas; Fecha, precio de venta y cantidad percibida en 2021.
- Valor de rescate de los seguros de vida al 31-12-21.
- Certificados de donativos y aportaciones a ONGs, Fundaciones o entidades benéficas.
Los trabajadores por cuenta ajena y pensionistas deberán aportar:
- Certificado de salarios, pensiones o prestaciones por desempleo y retenciones de las mismas en el año 2021 (MODELO 10-T).
Los autónomos que durante el año 2021 hayan percibido prestaciones por I.T. (Incapacidad Temporal) deberán:
• Solicitar MODELO 10-T en el I.N.S.S. o Mutua.
• Fotocopia de los recibos de pago a autónomos del ejercicio 2021 y certificación extendida por la entidad bancaria a través de la cual se abonan los mismos, indicando que el titular de la cuenta de abono de los recibos es el propio autónomo o su cónyuge.
¿En qué podemos ayudarte?
Es obligatorio reservar cita previa para poder atenderle en nuestras instalaciones, debiendo concertarla bien rellenando el siguiente formulario o telefónicamente (94 423 09 93).
Confían en nosotros
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