crear una empresa

¿Cómo crear una empresa?

El comienzo de un año nuevo siempre nos brinda la ilusión y la energía para cambiar ciertos aspectos de nuestra vida. No todas las personas son capaces, pero sí que son muchas las que se aventuran a hacer realidad sus sueños y aspiraciones. Uno de los deseos entre las personas más ambiciosas quizás sea el hecho de convertirse en el jefe de uno mismo, o dicho de otro modo, crear una empresa.

Crear una empresa es una decisión de gran calado que marcará la vida de la persona que elija este camino. Los retos son numerosos, y en todos los ámbitos. Como cualquier ayuda es poca, desde Asesoría Heras hemos preparado esta pequeña guía para facilitarte los primeros pasos de tu andadura empresarial, y poder resolver las dudas sobre cómo crear una empresa.

La base de todo: el Plan Empresarial

Antes de entrar en harina y presentar los pasos a seguir para crear una empresa, queremos echar un paso hacia atrás con el objetivo de enfatizar en la importancia de tener una buena base. Una empresa será exitosa cuando su modelo de negocio esté construido sobre unas bases sólidas. Existe una herramienta diseñada para detectar errores y formular mejoras sobre nuestro negocio antes de lanzarnos al mercado, el Business Plan o Plan Empresarial.

Dicho de una forma muy resumida, el Business Plan es un documento donde se tratan los siguientes puntos:Presentación y antecedentes: misión, visión y valores. Consiste en detallar por qué hemos creado la empresa, a dónde queremos llegar y cuáles son los valores que nos guiarán en este camino.

Análisis de mercado

Donde se especifican quiénes son nuestros competidores directos e indirectos, así como nuestros clientes.

Análisis DAFO

Se recogen las Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades de nuestro negocio.

Plan de marketing

Las acciones que se llevarán a cabo para acercar y vender nuestro producto al público escogido.

Plan financiero

Gastos variables y fijos, coste del personal, coste de producción y distribución…

Una vez definida la operativa de la empresa, pasaremos a realizar una serie de trámites para formalizar su registro.

La forma jurídica

Estas son, a grandes rasgos, las principales diferencias entre las formas jurídicas más comunes en España.

Empresario individual o autónomo

Formado por una sola persona y sin capital mínimo. Se responde a las deudas con todos los bienes del propietario.

Comunidad de Bienes

Se necesita un mínimo de dos socios y sin capital mínimo. Se responde a las deudas con todos los bienes del propietario.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

Se necesita mínimo un socio y una aportación de 3.000 €. Se responde con el capital aportado.

Sociedad Anónima (S.A.)

Se necesita un socio por lo menos y un capital mínimo de 60.000 €. Se responde con el capital aportado.

Como ves, existe una gran variedad de formas jurídicas a las que podemos optar a la hora de crear una empresa. Escoger la correcta es clave para conocer los beneficios y posibilidades de cada una de ellas. No hay una forma jurídica óptima para todas las empresas, varía en función de la naturaleza del negocio y ambición del empresario. 

Desde Asesoría Heras podemos ayudarte en escoger la forma jurídica que mejor se adapte a tu negocio y guiarte para crear una empresa. Contacta con nosotros y veremos lo que más te conviene.

Certificación negativa de la denominación social de la empresa

Se trata de verificar que el nombre que hemos elegido para nuestra empresa esté disponible. Debe de realizarla uno de los socios y tiene una vigencia de tres meses, renovable por el mismo periodo. Se puede realizar en la web de Registro Mercantil Central o de manera presencial en una de sus oficinas.

Para crear una empresa, los autónomos y empresarios individuales no tienen necesidad de realizar este trámite, pero sí el resto de formas jurídicas.

Redacción de los estatutos sociales

Se trata de un documento en el que se recogen todas las normas que rigen el funcionamiento interno de una sociedad, desde los derechos y obligaciones de los accionistas hasta las funciones del Consejo de Administración.

  • Denominación social: el nombre de la empresa.
  • Domicilio social: dirección postal donde está registrada.
  • Objeto social: es la actividad o las actividades a las que se dedica la empresa.
  • Capital social: la cantidad de participaciones en las que se divide la sociedad, cuál es su valor y, si procediera, cómo se distribuye entre los socios.
  • Normas de organización de la sociedad: se indican los cargos de los creadores de la empresa.
  • Normas sobre la toma de decisiones: indica si las decisiones se tomarán por votación, si será por mayoría simple o por mayoría absoluta, etc.

Visita al notario

Antes de inscribir la empresa en el Registro Mercantil, los integrantes deberán firmar la Escritura Pública de Constitución de Sociedad ante notario, presentando los siguientes documentos:

  • Estatutos Sociales.
  • Certificación negativa del Registro Mercantil relativa a la denominación social.
  • Certificación bancaria en relación al depósito del capital social.
  • DNI, NIE y escrituras de apoderamiento (si algún socio no acude a la firma de la escritura en persona) de todos los socios.
  • Declaración de inversiones extranjeras, si algún socio no es español.

NIF de empresa

Del mismo modo que las personas tienen un DNI, las empresas disponen de un NIF o Número de Identificación Fiscal. Esto debe de hacerse en la Agencia Tributaria. En un principio se obtendrá un NIF provisional, y pasados los 6 meses, el definitivo.

Inscripción en el Registro Mercantil

Llegados a este punto, es hora de dejar registrado que disponemos de la autoría jurídica de nuestra empresa.

Alta en el IAE

El Impuesto sobre Actividades Económicas grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas. Se puede presentar la solicitud hasta 10 días antes de empezar con la actividad comercial.

Solo se les aplica a las empresas con una facturación superior al millón de euros. De todos formas, todas las empresas deben de darse de alta.

Libro de sociedades

Se debe legalizar el libro de actas, inventarios, Libro de Cuentas Anuales y Libro Diario en el Registro Mercantil de la provincia en la que se desarrollará la actividad.

Inscripción en la Seguridad Social y alta en autónomos

Para poder contratar trabajadores es necesario que nuestra empresa esté inscrita en la Seguridad Social. Sin ello nos encontraremos con la traba de no poder hacer crecer nuestro negocio sin la ayuda de trabajadores externos.

Por otro lado, el gerente o administrador de la empresa deberá darse de alta en el régimen de autónomos.

Los sueños hay que cuidarlos

Crear una empresa nueva son una serie de decisiones que no deben de tomarse a la ligera, ya que servirán como base para toda la actividad económica de la misma. Tener unas bases bien detalladas ayudará a minimizar posibles futuras complicaciones y empezar la andadura con buen pie.

Desde Asesoría Heras te ofrecemos todo nuestro expertise para crear una empresa y registrar de una forma ágil y correcta las bases de tu negocio. Contáctanos para más información.