Sanciones de la nueva reforma laboral
La nueva reforma laboral cuenta con numerosas novedades que pueden pasar desapercibidas para empresas y autónomos. En esta ocasión, con el fin de arrojar más luz y dar a conocer los aspectos más importantes abordamos uno de los aspectos de la nueva reforma laboral: las sanciones. He aquí algunas de ellas.
No informar sobre las vacantes existentes
La primera novedad de la nueva reforma laboral es que los trabajadores a tiempo parcial, a distancia y fijos-discontinuos con contratos de duración determinada, temporales y formativos deberán de ser informados sobre las vacantes existentes en la empresa y la posibilidad de optar a ellas.
No respetar las modalidades de contratación
Los contratos de obra y servicio desaparecen con la nueva reforma laboral para dar paso al contrato indefinido y temporal. Los contratos temporales no podrán concatenarse uno tras otro indefinidamente. Una vez un trabajador temporal haya estado trabajando en la misma empresa durante 18 meses en los últimos 24 meses deberá pasar a ser indefinido.
Infracciones en el periodo del Erte
Se considera una infracción realizar nuevas contrataciones, trabajar horas extras, emprender nuevas externalizaciones o contratar a personal dentro del periodo del Erte. Se considera una infracción por cada persona afectada.
Las personas trabajadoras en suspensión contractual o reducción de jornada que por formación, capacitación u otras razones objetivas no puedan desarrollar sus funciones no estarán afectadas por esta normativa.
Incumplimiento del Estatuto de los Trabajadores
Será considerada una infracción muy grave cuando por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción se efectúen despidos colectivos, suspensión de contratos o reducción de jornada sin acudir a los procedimientos establecidos en los artículos 51, 47 y 47 bis del Estatuto de los Trabajadores.
Las nuevas externalizaciones que incumplan el artículo 47.7.d, referido al periodo de aplicación del expediente, del Estatuto de los trabajadores será considerada como infracción muy grave.
Contratos con Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
Será considerada como una infracción muy grave formalizar contratos de puesta a disposición para la cobertura de puestos de trabajo respecto de los que no se haya realizado previamente la preceptiva evaluación de riesgos. Tanto las ETT como las empresas usuarias serán sancionadas por esta conducta.
Contratación de menores
La contratación de un menor de edad incumpliendo las exigencias legales se sancionará con una multa desde los 7.501 euros hasta los 225.018 euros.
El Ministerio de trabajo y Economía Social presentará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas un análisis de la normativa de seguridad y salud aplicable a los menores. Mediante este análisis se elaborará un reglamento con las peculiaridades de contratación de labores que presenten riegos específicos para menores de 18 años.
En la actualidad, tanto el menor de edad que vaya a empezar a trabajar como sus padres deben de conocer de antemano los riesgos específicos de su puesto de trabajo y las medidas adoptadas para proteger su salud.
El Estatuto de Trabajadores prohíbe realizar trabajos nocturnos y aquellas actividades que se limiten en el contrato. Además, los menores de edad tampoco podrán realizar horas extras. Se limitarán a realizar un máximo de ocho horas diarias, incluida la formación, cuando proceda. Cuando la jornada sea superior a cuatro horas y media deberá de establecerse un descanso mínimo de 30 minutos. El descanso mínimo semanal será de dos días ininterrumpidos. Debe de garantizarse que un mínimo del 50% del tiempo trabajo es presencial..
Como normal general, los menores de 16 años no pueden trabajar, excepto aquellos que se encuentren.
Infórmate con nosotros
Las infracciones graves que se cometan en este nuevo marco serán sancionadas con multas que oscilan desde los 1.000 € hasta los 10.000 €. Estas sanciones son por cada infracción, no por cada empresa. Aquellas cometidas con anterioridad se sancionarán con las cuantías del régimen anterior.
¿Te gustaría conocer si tu empresa cumple con todos los requisitos de la nueva reforma laboral? Contacta con nosotros. Te guiaremos y asesoraremos en todo el proceso.