ERTE y ERE

Los ERTE y ERE como uno más en la familia

Uno más de la familia. Así es como muchos en España podemos entender dos conceptos como son el de ERTE y ERE. Quizás el segundo no nos suena tan reciente, ya que era un término más conocido por la mayoría de la gente antes de la pandemia, pero sí en el caso del ERTE. Desgraciadamente para muchos, ambos se han hecho de lo más populares en estos duros meses en los que la pandemia ha azotado el tejido empresarial nacional.

Sin embargo, a pesar de que son muchos los trabajadores que se han visto afectados por ellos, no todos entienden aun su significado ni lo que implican. Por eso y dado que ya son muy populares entre nosotros, a continuación, vamos a intentar desgranarlos.

Definiendo ERTE y ERE

Como su propio nombre indica, ERTE y ERE no son lo mismo. Una única letra (y, por consiguiente, palabra, ya que son siglas) los distingue: la T de temporal. Por lo tanto, su incidencia y su papel dentro del mundo del derecho laboral es distinto y hay que tenerlo bien claro. ERTE y ERE no afectarán de la misma forma a los trabajadores, por lo que saber qué implica cada uno es muy importante.

La principal diferencia entre ERTE y ERE, al igual que sucede en su nombre, es la temporalidad o durabilidad de los mismos. No obstante, lo mejor es que aportemos una definición de cada uno:

  • ERTE: El Expediente de Regulación Temporal de Empleo es la suspensión temporal por parte de la empresa del contrato laboral que tiene firmado con un trabajador.
  • ERE: El Expediente de Regulación de Empleo es un despido colectivo.

Por lo tanto, ya en este punto vemos que, aunque ambos son una clase de expediente laboral y un recurso al que se pueden acoger las empresas, el ERTE es una suspensión, mientras que el ERE sí es un despido.

hombre recogiendo sus cosas de oficina

Diferencias entre ERTE y ERE

No obstante, hay muchos más puntos en los que ERTE y ERE no tienen nada que ver. A continuación, citamos las diferencias más notables entre ERTE y ERE y que más suelen interesar a los afectados por cualquiera de ellos.

Objetivo

El objetivo de ambos recursos, desde la visión de la empresa, es reducir costes. Sin embargo, en el caso del ERTE, como es temporal, se presupone que tras aplicarlo se reincorporará a la plantilla. Por su parte, el único objetivo del ERE es cesar definitiva y colectivamente la relación laboral que mantiene con los trabajadores afectados por el mismo. Eso sí, aunque este importante matiz de la temporalidad se recoge en el Estatuto de trabajadores, no se establece un periodo máximo ni mínimo.

Indemnización

Al ser temporal y al tener el objetivo de reincorporar a la plantilla más adelante, el ERTE no conlleva una indemnización de la empresa a los trabajadores. En cambio, como con cualquier otro despido, en un ERE sí se tendrá que abonar dicha indemnización por despido. Eso sí, tanto los afectados por un ERE como los de un ERTE tienen derecho a solicitar y disfrutar del paro.

¿Qué empresas pueden aplicarlos?

Si hablamos del ERTE, según recoge el Estatuto de los Trabajadores, puede aplicarlo cualquier empresa por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción. También por causa de fuerza mayor, como en el caso del coronavirus, pero en ese caso necesitará sí o sí la aprobación de la autoridad laboral. En cambio, para la aplicación de un ERE es necesario que éste afecte a un 10% de la plantilla como mínimo.

monigotes seleccionados y no seleccionados

¿Qué pasa después de un ERTE?

Una vez visto que, aunque se distinguen por varias cuestiones, la diferencia principal es la temporalidad. De hecho, en España, con el elevado número de trabajadores en ERTE todavía, el Gobierno ha continuado prorrogando los ERTEs. Por eso, si eres de los que aun continúan en esa situación laboral, puedes estar preguntándote: ¿qué pasa después de un ERTE?


Durante el ERTE, el Gobierno se encarga de ayudar financieramente a la empresa. Pero tras cumplirse 6 meses desde la conclusión de un ERTE, la empresa tiene la posibilidad de ejecutar despidos sin la necesidad de devolver esas ayudas de las que se beneficiaba. Y lo peor, incluso, es que terminado este periodo el empresario presentara un ERE definitivo. Algo a lo que tendría pleno derecho.

Es el caso que se ha dado en muchas empresas de nuestro país con la pandemia y la crisis de la COVID-19. De hecho, aun encontramos bastantes compañías en las que hay trabajadores en ERTEe, por no hablar de las numerosas empresas que se han visto obligadas a bajar la persiana, incluso recurriendo a ERTE y ERE. En Asesoría Heras lo sabemos por experiencia propia, ya que somos una asesoría integral de Bilbao que ayudamos a empresas y particulares. Asesoramos en materia fiscal y en otras ramas del derecho y hemos visto numerosos afectados por EREs y ERTEs en estos duros meses.

No obstante, contamos con un equipo de asesores comprometido con lo que hace y especialista en asesoría jurídica desde hace más de 40 años. Una dilatada experiencia que nos ha ayudado a llegar hasta aquí y que seguro que nos vendrá genial para seguir acompañando a particulares y empresas.

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